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Formación en Diversidad e Inclusión LGTBI

La Ley 4/2023 obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a impartir formación en diversidad e inclusión LGTBI para toda la plantilla. Sin ella, el plan de medidas LGTBI queda incompleto y la empresa asume riesgo de sanción.

50+
trabajadores: formación LGTBI obligatoria para toda la plantilla
Art. 15
Ley 4/2023 obliga a incluir módulos LGTBI en el plan de formación
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¿Por qué es obligatoria la formación
en diversidad e inclusión LGTBI?

La Ley 4/2023 obliga a las empresas de más de 50 trabajadores a incluir formación LGTBI en su plan de medidas. Sin ella, el plan queda incompleto y la empresa asume riesgo de sanción.

Un entorno sin formación es un entorno con riesgo

Sin formación específica, los empleados pueden incurrir en conductas discriminatorias sin saberlo: comentarios, exclusiones o trato desigual que exponen a la empresa a sanciones y reclamaciones.

  • Sanciones de hasta 225.018 € por infracciones muy graves
  • Reclamaciones por discriminación o acoso LGTBIfóbico
  • Plan de medidas LGTBI incompleto ante una inspección
  • Daño reputacional y pérdida de talento diverso
Obligación legal · Art. 15 Ley 4/2023

Obligación legal desde la Ley 4/2023 y el RD 1026/2024

El artículo 15 de la Ley 4/2023 y su reglamento de desarrollo (RD 1026/2024) exigen que las empresas incluyan módulos de formación en diversidad LGTBI en sus planes, dirigidos a toda la plantilla incluyendo mandos y directivos.

Requisito del Plan de Medidas LGTBI

En empresas con 50 o más trabajadores, el plan de medidas LGTBI debe incluir formación documentada y certificada. Sin ella, el plan está incompleto y la empresa permanece expuesta ante la Inspección de Trabajo.

¿A quién va dirigida
esta formación?

La ley exige formación para toda la plantilla, con especial énfasis en mandos, directivos y el área de Recursos Humanos. Este curso está diseñado para cumplir con todos ellos.

01

Toda la plantilla

La Ley 4/2023 exige formación para todos los trabajadores de la empresa
02

Mandos intermedios y directivos

Con responsabilidad especial en la gestión de personas y equipos
03

Responsables de Recursos Humanos

Selección, contratación, evaluación y promoción interna
04

Técnicos de selección y reclutadores

Con formación reforzada en no discriminación en los procesos de contratación
05

Empresas con Plan LGTBI obligatorio

50 o más trabajadores, según la Ley 4/2023 y el RD 1026/2024
No se requieren conocimientos previos. El curso está adaptado para cualquier perfil, sin tecnicismos.

Qué aprenderá
tu equipo

Contenidos prácticos y actualizados, diseñados por abogados expertos en compliance laboral. Ajustados a los requisitos del RD 1026/2024 y aplicables al día a día de cualquier empresa.

Conceptos básicos de diversidad sexual, familiar y de género según la Ley 4/2023

Marco legal: Ley 4/2023, RD 1026/2024 y obligaciones de la empresa

Orientación sexual, identidad y expresión de género: definiciones y derechos

Discriminación directa e indirecta por razón de orientación sexual o identidad de género

Prevención, detección y actuación ante el acoso LGTBIfóbico en el trabajo

Protocolo de acompañamiento a personas trans en el empleo

Medidas del convenio colectivo aplicable en materia LGTBI y su alcance

Lenguaje respetuoso con la diversidad y comunicación inclusiva en la empresa

El plan de medidas LGTBI: contenido, canal de denuncias y seguimiento

Consecuencias legales del incumplimiento y responsabilidad de la empresa

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Todo lo que necesitas saber sobre la Formación en Diversidad e Inclusión LGTBI

Resolvemos las dudas más habituales sobre la formación en diversidad LGTBI: por qué es obligatoria, qué sanciones conlleva no impartirla, qué contenidos exige la ley, a quién va dirigida y cómo bonificarla a través de FUNDAE.

La Ley 4/2023, de 28 de febrero, establece en su artículo 15 que las empresas de más de 50 trabajadores deben incluir módulos de formación en diversidad e inclusión LGTBI en sus planes de formación. Esta obligación afecta a toda la plantilla, con especial énfasis en mandos intermedios, directivos y personal de Recursos Humanos. El RD 1026/2024 concreta los contenidos mínimos que debe cubrir dicha formación.
El incumplimiento de las obligaciones en materia LGTBI puede conllevar sanciones administrativas de hasta 225.018 euros para las infracciones muy graves, según el régimen sancionador de la Ley 4/2023. Además, un plan de medidas LGTBI incompleto —sin la formación documentada— puede no superar una auditoría de la Inspección de Trabajo, exponiendo a la empresa a requerimientos, actas de infracción y responsabilidad en caso de denuncias por discriminación o acoso LGTBIfóbico.
El RD 1026/2024 establece que la formación debe incluir al menos: conceptos básicos sobre diversidad sexual, familiar y de género recogidos en la Ley 4/2023; el protocolo de prevención, detección y actuación frente al acoso o violencia LGTBIfóbica; el protocolo de acompañamiento a personas trans en el empleo, cuando aplique; las medidas del convenio colectivo aplicable en materia LGTBI; y el fomento del lenguaje respetuoso con la diversidad. La formación de Cumpleo cubre todos estos contenidos y está elaborada por abogados expertos en compliance laboral.
La Ley 4/2023 exige formación para toda la plantilla, sin excepción. Sin embargo, el RD 1026/2024 establece que los mandos intermedios, directivos y el personal de Recursos Humanos —especialmente los técnicos de selección y reclutadores— deben recibir una formación más específica, centrada en la no discriminación en los procesos de contratación, evaluación y promoción. La formación de Cumpleo está diseñada para cumplir con ambos niveles de exigencia.
La formación general en igualdad (LO 3/2007) aborda la igualdad entre mujeres y hombres, la no discriminación por razón de sexo y la prevención del acoso sexual. La formación en diversidad e inclusión LGTBI responde a una obligación distinta —la Ley 4/2023— y se centra en la orientación sexual, la identidad y expresión de género, los derechos de las personas trans e intersexuales y la prevención del acoso LGTBIfóbico. Ambas formaciones son obligaciones independientes y complementarias para las empresas con más de 50 trabajadores.
Sí, la formación en diversidad e inclusión LGTBI de Cumpleo es 100% bonificable a través de FUNDAE, lo que permite a las empresas recuperar el coste íntegro mediante el crédito de formación disponible cada año. El proceso de bonificación es gestionado por Cumpleo, sin que la empresa tenga que realizar ninguna gestión adicional.

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