Servicio · Ley 2/2023 · Whistleblowing

Canal de Denuncias para empresas

Desde 2023, implantar un Canal de Denuncias es obligatorio para muchas empresas. No tenerlo puede suponer multas de hasta 1.000.000€, la prohibición de contratar con la Administración y graves daños reputacionales.

1M€
multa máxima por no implantar el canal de denuncias
Ley 2/2023
reguladora de la protección del informante
50+
trabajadores, umbral de obligatoriedad en el sector privado

Sin compromiso · Mejor precio garantizado · Respuesta en 24h

Disponible en toda España Madrid Barcelona Valencia Sevilla
Qué incluye el servicio
Canal confidencial y seguro (24/7)
Procedimiento interno de gestión de denuncias
Designación del responsable del sistema
Política del sistema interno de información
Adaptación al RGPD y documentación legal
Solicitar presupuesto Hacer auditoría gratuita primero

¿Tu empresa cumple con la Ley del Canal de Denuncias?

Desde 2023, la Ley 2/2023 obliga a muchas empresas a implantar un canal de denuncias confidencial. Muchas pymes creen que esta obligación solo afecta a grandes corporaciones... cuando no es así.

No tener canal de denuncias puede costar hasta 1.000.000€

Las consecuencias de incumplir la Ley 2/2023 son:

  • Multas de hasta 1.000.000€ para grandes empresas y 100.000€ para pymes
  • Prohibición de contratar con la Administración Pública
  • Pérdida de subvenciones y ayudas públicas
  • Graves daños reputacionales ante clientes y socios
Ley 2/2023 · Obligatorio para empresas de más de 50 trabajadores

La confidencialidad y el anonimato son requisitos legales, no opcionales

La Ley 2/2023 exige que el canal garantice la confidencialidad de la identidad del denunciante y prohíbe expresamente cualquier represalia contra quien comunique una irregularidad de buena fe.

Un canal operativo desde el primer día, sin infraestructura técnica propia

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Todo lo que necesitas para tener tu Canal de Denuncias
operativo y conforme a la ley

Nos encargamos de todo: desde la implantación técnica del canal hasta la documentación legal. Sin complicaciones y al mejor precio garantizado.

01

Implantación del canal confidencial

Canal seguro para que empleados, proveedores o terceros puedan comunicar irregularidades de forma confidencial o anónima, cumpliendo todos los requisitos de la Ley 2/2023.

02

Plataforma digital 24/7 con cifrado

Herramienta online disponible en todo momento, con cifrado de extremo a extremo y control de accesos, que garantiza la confidencialidad de las comunicaciones y la protección del informante.

03

Procedimiento interno de gestión de denuncias

Protocolo obligatorio para recibir, analizar, investigar y resolver las denuncias dentro de los plazos legales establecidos, con garantías para todas las partes.

04

Designación del responsable del sistema

Asesoramiento en el nombramiento del responsable del canal y en sus funciones legales, para que tu empresa cumpla correctamente con este requisito de la ley.

05

Política del sistema interno de información

Redacción de la política exigida por ley que regula el funcionamiento del canal, los derechos de las personas implicadas y las garantías de confidencialidad y no represalia.

06

Cumplimiento RGPD y documentación para inspecciones

Adaptación del canal al RGPD y a la LOPDGDD, con toda la documentación preparada para acreditar el cumplimiento ante Inspección de Trabajo o cualquier autoridad competente.

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Todo lo que necesitas saber sobre el Canal de Denuncias

Resolvemos las dudas más habituales sobre la Ley 2/2023: quién está obligado, qué garantías debe ofrecer, qué plazos aplican y cómo gestionarlo correctamente.

La Ley 2/2023 obliga a implantar un canal interno a todas las empresas con 50 o más trabajadores del sector privado y a todas las entidades del sector público. También están obligadas empresas de servicios financieros, prevención del blanqueo de capitales y seguridad del transporte, con independencia de su plantilla. Las empresas de entre 50 y 249 trabajadores debían tenerlo implantado antes del 1 de diciembre de 2023.
El canal interno es el sistema propio de la empresa. El externo es el gestionado por la Autoridad Independiente de Protección del Informante (AIPI) o autoridades autonómicas. La ley prioriza el uso del canal interno, pero el informante puede acudir directamente al externo si lo prefiere o si el interno no funciona correctamente. La responsabilidad legal del cumplimiento recae siempre sobre la empresa.
La Ley 2/2023 exige confidencialidad de la identidad del informante, posibilidad de anonimato, prohibición de represalias (despido, sanción, cambio de condiciones), acceso a información sobre el estado de la comunicación y derecho a asistencia jurídica gratuita en determinados supuestos. El canal debe estar gestionado con independencia funcional suficiente para garantizar la imparcialidad.
La empresa debe acusar recibo en un máximo de 7 días desde la recepción, informar de las actuaciones previstas en un máximo de 3 meses desde el acuse de recibo, y resolver e informar sobre el resultado del caso. Estos plazos deben estar recogidos en el procedimiento interno de gestión de denuncias, que es uno de los documentos obligatorios del servicio.
Sí, con limitaciones. Las empresas de entre 50 y 249 trabajadores pueden compartir el canal con otras del mismo grupo, pero deben garantizar que el tratamiento de cada comunicación sea independiente, confidencial y que se respeten los derechos del informante. La responsabilidad legal del cumplimiento recae sobre cada empresa individualmente.
Cumpleo te proporciona una plataforma digital segura 24/7 con cifrado y anonimato, el procedimiento interno de gestión, la designación del responsable del sistema, la política del canal y la adaptación al RGPD. Haz la auditoría gratuita en 3 minutos para saber si estás obligado y descubrir el servicio que mejor se adapta a tu empresa.

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